jueves, 25 de marzo de 2010

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL ESTADO



La presente ley implica que toda persona interesada en conocer las instituciones tabasqueñas tienen acceso y para buscar información de esta.

Los objetivos de esta ley son: contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas y consolidar el sistema democrático, fomentar la participación comunitaria en la toma de decisiones publica, promover lo necesario para que toda persona tenga acceso a la información publica, garantizar la protección de los datos personales en poder de los sujetos obligados, promover la eficiencia en la organización, clasificación, manejo y transparencia de la información publica.

miércoles, 24 de marzo de 2010



LEY DE RADIO Y TELEVISION






La ley presente implica todo referente a el espacia territorial y las consecuencias del medio en que se propagan las ondas electromagnéticas.


Menciona que la industria de la radio y la televisión comprenden el aprovechamiento de las ondas electromagnéticas mediante la instalación, funcionamiento y operación de estaciones radiodifusoras por los sistemas de modulación, amplitud o frecuencia, televisión, facsímile o cualquier otro procedimiento técnico posible, dentro de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuidas al servicio.



Además de que esta muestra también las responsabilidades y obligaciones de estos medios como: la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, los gobiernos del estado los ayuntamientos y los organismos públicos, promoverán la transmisión de programas de divulgación con fines de orientación social, cultural y cívica; divulgar las manifestaciones de la cultura mexicana al extranjero, fomentar las relaciones comerciales del país, intensificar y transmitir informaciones sobre los acontecimientos de la vida nacional.



La ley de estos medios se rige principalmente por las concesiones y permisos para llevar a cabo el uso legítimo y apropiado de estos.



Al otorgar concesiones y permisos a que se refiere esta ley, el Ejecutivo Federal por conducción de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes determinara la naturaleza de y propósito de las estaciones de radio y televisión, las cuales podrán ser: comerciales oficiales, culturales, de experimentación, escuelas radiofónicas o de cualquier otra índole.



Solo las estaciones comerciales según esta ley requerirá concesión, las escuelas radiofónicas o las que establezcan las entidades y organismos públicos para el cumplimiento público para el cumplimiento de sus fines y servicios, solo requerirán permiso.



Todo esto requiere una vigilancia previa de parte se estas leyes de no cumplir con lo establecido se deberán atener a las multas y casticos que postula esta ley.



LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA GUBERNAMENTAL





Tiene como finalidad promover lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos a con autonomía legal, y cualquier otra identidad Federal.


En esta ley tendrán que registrarse desde datos personales, dependencias y entidades.
Esta ley muestra que toda persona tiene derecho a estar enterada de cualquier cosa que desee saber acerca de estas instituciones.


Y del registro que los sujetos obligados tienen que realizar para dar acceso a la información publica que todo ciudadano desee saber.


Cabe mencionar que esta ley tiene la obligación de ser difundida y explicar el proceso para que las persona puedan ingresar para obtener dicha información.





LEY DE DERECHO DE AUTOR



Esta ley hace referencia a salvaguardar el acervo cultural de la Nación, a la protección de los derechos de los autores de los artistas intérpretes, ejecutantes, editores, productores y demás, que posean una propia autoría.

Las obras protegidas por esta ley son aquellas de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio. La protección que otorga esta ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas.

El derecho de autor es el reconocimiento que hace el estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas. Para las condiciones que esta ley muestra que autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística.

Las obras a las que hace realce esta ley son: literaria, musical, dramática, danza, caricatura o historieta, cinematografía y demás obras literarias, fotografía etc.

También consta derechos patrimoniales que no es otra cosa que es cuando se otorga la ustoria a otra persona o para que s pueda hacer uso de determinada obra paro todo con el debido permiso del autor original esto tiene que hacerse solo con autorización o convenios.
Esta ley cuenta con 238 artículos .en caso de que dichas obras sean utilizadas con motivo de lucro o indirecto constituirán a una infracción.





LEY DE IMPRENTA



Esta ley postula que en cualquier publicación que se realice libros, entrevistas, imágenes, pinturas, dibujos etc. Deberá emitirse toda publicación prohibida por esta ley de ser así se multara a las personas que difundan las ya mencionadas negativamente principalmente si son difamaciones.



Por otra parte también esta ley sostiene que la propagación de noticias falsas o adulteradas sobre acontecimientos de la actualidad, capaces de perturbar la paz o tranquilidad de la república o cualquier parte de ella tendrán grandes sanciones.

Todo dato personal del autor de la divulgación debe ser correcto, el director de la publicación siempre deberá guardar copias de sus registros previos
Esta ley contiene 36 artículos su objetivo principal es que se realice el buen uso de las publicaciones respetando cada uno de estos.